Ley de Acreditación y la ratificación del modelo pinochetista de Educación Superior
La revista virtual Universia del día 27 de enero del 2006 “la acreditación institucional es el reconocimiento público de que una institución cuenta con políticas y mecanismos que le permiten verificar que sus propósitos en el campo de la gestión y la docencia conducente a título se logran con un nivel adecuado de calidad” esto con relación a la función que cumpliría la misma Comisión Nacional de Acreditación (CNAP) en torno a la regulación de la educación impartida a nivel nacional.
El Proyecto de Ley de Acreditación, votado por la Cámara de Diputados, en tercer trámite, el día 24 de enero del presente año, “proyecto de ley que establece un sistema nacional tendiente a asegurar la calidad de la educación superior” (revista digital Universia 24/01/06) implicaba a los ojos del régimen burgués cuatro funciones que llegan a consolidar el proceso de educación superior a lo Pinochet,
1. El licenciamiento se refiere a la evaluación, aprobación y supervisión de las nuevas instituciones, incluyendo la apertura de nuevas sedes académicas y carreras.
La acreditación institucional apunta a la autoevaluación, evaluación externa y un pronunciamiento de la Comisión Nacional de Acreditación respecto de las universidades que han obtenido su autonomía.La acreditación de carreras y programas de pre y posgrado se otorgan por plazos máximos de 7 años, labora que, por ende, requiere de una permanente actualización.Finalmente la información se refiere a la identificación, recolección y difusión de los antecedentes necesarios para la gestión del sistema, la gestión institucional y la información pública para los distintos usuarios.La comisión de acreditaciónEste organismo colegiado, previsto en el proyecto, estará formado por representantes del estado y del sector privado.La Comisión\n Nacional de Acreditación la integrarán un académico designado por el Presidente de la República, tres académicos universitarios designados por el Consejo de Rectores, dos académicos de las universidades privadas, un docente designado por rectores de institutos profesionales, un docente designado por rectores de centros de formación técnica, dos académicos designados por Conicyt, el jefe de la División de Educación Superior del Mineduc y dos representantes de los estudiantes.Mientras se tramita el proyecto, la función de acreditación la realiza la Comisión Nacional de Acreditación del Pregrado.La acreditación de las universidades públicas y privadas es clave para asegurar la calidad de la educación superior y recibir recursos como becas y garantía del estado a créditos que se entregarán a los alumnos a partir de este año.El sistema de educación superior chileno, que incluye universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica,\n abarca a 600 mil alumnos, 4 veces más de lo que el sistema poseía a comienzos de los años 90.Fuente:Cámara de Diputados ",1]
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La acreditación institucional apunta a la autoevaluación, evaluación externa y un pronunciamiento de la Comisión Nacional de Acreditación respecto de las universidades que han obtenido su autonomía.
La acreditación de carreras y programas de pre y posgrado se otorgan por plazos máximos de 7 años, labora que, por ende, requiere de una permanente actualización.
Finalmente la información se refiere a la identificación, recolección y difusión de los antecedentes necesarios para la gestión del sistema, la gestión institucional y la información pública para los distintos usuarios. (revista digital Universia 24/01/06).
Pero independiente de esta disección de los puntos que involucra la ley de acreditación, que tienen un carácter normativo dentro de la oferta de educación superior y por lo tanto del precio y calidad de las mercancías ofrecidas por las universidades donde el Estado comienza a jugar un rol objetivado como “fiscalizador y castigador”, se consolida el modelo de universidad implementado por la dictadura el año 1981 con el decreto fuerza ley N° 4 donde se fijan normas sobre el financiamiento de las universidades y la ley Nº 3541 de 1980, en donde se faculta la estructura y las nuevas funciones de la universidad, convirtiéndose así en la expresión del modelo de economía neoliberal que el régimen militar aplicó... dentro del llamado “programa de modernización nacional”[1].
“Las características distintivas de la reforma de 1980 fueron:
a) basar su origen en una lógica de imposición burocrática-autoritaria y,
b) El que su diseño se situó fuera del marco tradicional de las políticas estatales formuladas para el sector.
Los objetivos que guiaron tales medidas fueron, a su vez:
a) La búsqueda de una rápida diversificación institucional del sistema,
b) La generación de un mercado para la oferta y la demanda de servicios de enseñanza superior;
c) La disminución del peso y la gravitación de las universidades estatales a través de la separación de sus sedes regionales, y
d) La reestructuración de la relación entre Estado y las universidades, en dirección a que éstas últimas avanzaran en el progresivo autofinanciamiento de sus actividades”[2].
Todas esta planificación neoliberal se refiere a una estructura de organización de la educación estatal desvinculada del estado, en donde el rol del estado es modificado de acuerdo a los intereses de clases de los patrones y clases acomodadas del país. Básicamente se apuntó a la privatización y mercantilización de la educación, apuntando a la creación de un mercado universitario, abriendo las puertas a los empresarios de la educación, y quitando uno de los logros fundamentales de los trabajadores y el pueblo: la educación gratuita.
Las desregulaciones que el mismo sistema de mercado impuesto a las universidades por la dictadura militar y patronal ha motivado al Estado burgués a tomar una política que no perjudique al consumidor de educación superior en Chile, y de esta forma, conservando la estructura organizacional y los objetivos de la actual educación superior señalados en 1980, el modelo se perfecciona para poseer mayor credibilidad a nivel del mercado nacional como en el internacional.
La acreditación, por lo tanto se configura como un modo regulativo de la calidad de parte del estado, en donde el estado asume un rol de fiscalizador en el que se vuelve a configurar una acción pasiva que es la que puede ejercer el régimen burgués contra los patrones: una acción reaccionaria hacia la clase trabajadora, a sus intereses y a la educación estatal.
Por ello desde Las Armas de la Crítica decimos No a los procesos de acreditación que pretenden configurar un proceso de competitividad empresarial entre las instituciones de educación superior y al efecto reaccionario frente al aseguramiento de una educación estatal de calidad y al servicio de los trabajadores. Llamamos a la vez a luchar por una II Reforma Universitaria donde se promuevan el rol del Estado en la educación superior a través del financiamiento de una educación gratuita y al servicio de los trabajadores.